La falta de consideración que la Junta de Castilla y León está demostrando con el ordenamiento jurídico, relacionado en este caso con el Plan de Conservación y Gestión del lobo, ha motivado que desde ASCEL se haya tomado la decisión de no acudir a la reunión que ha tenido lugar el 20 de septiembre.
En concreto nos referimos a las siguientes decisiones jurídicas:
– SENTENCIA 02878/2009 del TSJ de Castilla y León por la que se anulan por disconformidad con el ordenamiento jurídico, el artículo 4 apartado c) y los artículos 8,8,14 y 19 del Plan de Conservación y Gestión del lobo en Castilla y León.
– AUTO 00587/2011 del TSJ de Castilla y León, por el que se suspende la ejecución de la Resolución de la Consejería de Medio Ambiente de 1 de septiembre de 2010.
Teniendo en cuenta que el Comité Técnico es un órgano administrativo que está sujeto a fiscalización jurídica, y que hay sentencias y autos que anulan algunos puntos y resoluciones, consideramos inconcebible que la Junta de Castilla y León, que paradójicamente ha redactado esas Leyes, actúe ante los tribunales de Justicia como si no existieran sus sentencias.
ASCEL decidió acudir a las reuniones del Comité Técnico, presumiendo la posibilidad de discutir cosas desde un punto de vista mínimamente objetivo y razonable. Nuestro papel es participar en discusiones y fiscalizar constructivamente la aplicación del Plan, pero pensamos que este papel es muy difícil en la situación actual. Por ello, pese a que ASCEL no ha acudido a la reunión del 20 de septiembre, hemos enviado un documento a dicho Comité Técnico para que conste en acta, expresado distintas consideraciones como la falta de cumplimiento del ordenamiento jurídico por la Junta de Castilla y León, el problema del diagnostico de poblaciones que fundamenta los cupos de lobos sin una metodología detallada, y el propio desfase entre cupos y lobos cazados que evidencia la disminución de la población y el enquistado problema del veneno, entre otras.