Trabajo en común y protección del lobo. El ejemplo vasco.

Un ejemplo de colaboración de éxito entre las ONG Grupo Lobo de Euskadi y ASCEL, en pos de la consecución de un objetivo común, la catalogación vasca del lobo

Después del traslado a nuestr@s asociad@s y a través de las redes sociales, ahora desde esta página, es preciso hacernos eco y reconocer públicamente el ingente y pionero trabajo comandado por el “Grupo Lobo de Euskadi / Euskadiko Otso Taldea” en lo concerniente a su tarea en pos de la inclusión del lobo en el seno del Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre y Marina, que se saldó recientemente con éxito (https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2020/03/2001539a.pdf).

Figura 1. Resolución administrativa por la que se iniciaba el procedimiento para la inclusión del lobo en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas. Ésto se produjo como respuesta a la petición reglada realizada por la Asociación – Grupo para la Defensa y Estudio del Lobo en Euskadi (“Grupo Lobo de Euskadi”), una asociación que ante el silencio administrativo del Ejecutivo Vasco a su petición, acudió al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco para interponer un Recurso Contencioso Administrativo y una Demanda contra el Gobierno regional. Esta Demanda fue lo que inequívocamente obligó al Ejecutivo Vasco a iniciar la catalogación del lobo que había bloqueado durante años. De esa manera, sorteaba una posible Sentencia en contra.

ASCEL ha asesorado y apoyado, con ahínco, honestidad, reconociendo su papel “secundario”, y desde el comienzo, la iniciativa y el liderazgo del Grupo Lobo de Euskadi en su objetivo de catalogar al lobo en la máxima categoría de protección (“En Peligro de Extinción”) en el País Vasco.

En ASCEL compartimos el sentimiento de éxito “parcial” al no haberse conseguido la máxima protección regional del lobo, puesto que el Ejecutivo Vasco lo ha incluido, en una maniobra orquestada para sortear el yugo de la Justicia, en la figura de protección de “Interés Especial”. Al menos esto implica la prohibición tácita de su exterminio velado a través del control poblacional (caza, etc.), y el que se unifique su gestión en territorio vasco, fragmentada hasta entonces.

Asimismo, en ASCEL resaltamos que es la primera vez que lobos al norte del Duero, por tanto protegidos por el Anexo V de la Directiva Hábitats, se incluyen por una comunidad autónoma como especies protegidas propias (en este caso, mediante la inclusión en un catálogo regional de especies amenazadas), aun siendo la categoría adoptada la menor de las cuatro de protección existentes en el actual ordenamiento jurídico vasco (En Peligro de Extinción, Vulnerable, Rara e Interés Especial).

Sabiendo que ninguna categoría blinda a una especie de la aplicación de excepcionalidades contempladas a su protección, catalogada o no (según la Ley 1/2014 de Conservación de la Naturaleza del País Vasco), esta protección si limitará las posibles iniciativas de controles poblacionales que han hecho efectuado las administraciones vascas ocasionando el exterminio virtual del lobo, habiendo pasado de 4 grupos territoriales presentes a principios del s. XXI a 0 en la actualidad, tras el exterminio de todos los territorios loberos alaveses -lo cual se solapa con la aprobación del plan de gestión provincial en 2010- y del último grupo existente en Bizkaia.

Figura 2. Evolución demográfica en el nº de grupos familiares territoriales de lobo asignados al País Vasco. Puede deducirse la tendencia negativa relacionada con la persecución humana en forma de controles letales permitidos por las Diputaciones Forales de Álava y Bizkaia, así como por la caza ilegal.

Estamos convencid@s de que esta catalogación, y el proceso recorrido -cuya autoría y mérito se debe al Grupo Lobo de Euskadi-, iniciado administrativamente en 2012, y judicialmente en 2018 (en los cuales, ASCEL asesoró y apoyó, sin contraprestaciones, con un objetivo reconocido común), y que ha desembocado en ella, ha marcado un antes y un después en el desatino administrativo que es la gestión del lobo en general en España y en el País Vasco, en particular.

A continuación dos reseñas que ayudarán a comprender mejor el contexto:

2015: “Por la inclusión del lobo en el catálogo de especies amenazadas de Euskadi“.

2018: “La recomendación del Defensor del Pueblo Vasco/Ararteko“.

Asimismo, como estamos segur@s que lo hará el Grupo Lobo de Euskadi, velaremos con empeño porque la ejecución del plan de gestión resultante de la catalogación del lobo (en redacción en la actualidad) no se convierta en un instrumento de control letal que permita la flexibilización de la protección de una especie protegida y catalogada –y tan amenazada- en el País Vasco. También estaremos atent@s a las actuaciones del Gobierno Vasco, dadas las intenciones explícitas de los gestores ambientales de dicha comunidad con el fin de descatalogarlo en el futuro, y únicamente mantener un plan de gestión.

La catalogación vasca del lobo ha sido reflejada por los medios de comunicación. A modo de ejemplo:

1 “El País Vasco incluye al lobo en el catálogo de especies amenazadas”.

2 “El lobo, en el catálogo de especies amenazadas de Euskadi con la protección más baja”.

3 “El Gobierno Vasco incluirá al lobo en el Catálogo de especies amenazadas con la categoría de interés especial

Es lamentable que haya habido que esperar al exterminio de la fracción vasca de la población noroccidental de lobos presentes en la Península, y que tengamos que ser algunas ONG conservacionistas, formadas por voluntari@s, las que solicitemos, con recursos económicos propios, la catalogación administrativa de los lobos (que ya son una especie protegida). Es aún más lamentable que ONG, como el Grupo Lobo de Euskadi y ASCEL, tengan que acudir a los Tribunales de Justicia y a los foros públicos, a sostener y defender lo que deberían defender empleados con salario a cargo de fondos públicos de la administración ambiental y los cargos políticos del Gobierno Vasco.

En ASCEL no reconocemos el papel jugado por las Diputaciones Forales, puesto que socaban las competencias ambientales reales del Gobierno Vasco, el único garante del marco vigente de protección de especies salvajes en el País Vasco.

Paradójicamente, desde el “gremio” ambiental administrativo vasco, han puesto todos los obstáculos a su alcance, con el único pretexto de no proteger eficazmente a los lobos (un bien público) frente a los intereses sectoriales (bienes privados). Es más, est@s emplead@s públicos desatienden sus funciones, y sus obligaciones marcadas por la normativa vigente (que de hecho, ya protege a los lobos).

Lo relatado no deja de marcar un camino de actuación.