Evidentemente, esta sentencia carece ya de recorrido práctico, ni es extrapolable a la nueva situación, y la consideración del debate jurídico ya no se mantiene dado el cambio legal acontecido en septiembre de 2021, fecha en la que afortunadamente el lobo (Canis lupus) en toda España ya se encuentra en otro escenario, de protección estricta, al figurar en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE), gracias a la acción administrativa y judicial de ASCEL que obligó al Ministerio a incluirlo en dicho LESRPE.
Por tanto, la realidad normativa del lobo es ahora muy distinta, y este es un debate vaciado de contenido práctico, ya que el Tribunal Supremo ha resuelto en 2021 un debate jurídico del 2016 sobre la caza de una especie como el lobo, que ya no es, ni será nunca más, cinegética. Y en todo caso, fue la interposición de este pleito por ASCEL la medida que permitió evitar la muerte de 143 lobos en Castilla y León en la temporada 2018-2019 al aceptarse la suspensión cautelar de ese plan de muerte indiscriminada de lobos planteada por la Junta de Castilla y León.
Y aunque la Sentencia final haya sido negativa, la judicialización de ASCEL consiguió salvar 143 lobos de la muerte por caza en 2018-2019, y además, permitió demostrar que en ese lapso temporal sin caza en Castilla y León no se incrementó la incidencia del lobo en forma de ataques sobre la ganadería.