Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico

ASCEL reclama información por radiomarcaje de lobos en Asturias y sus posibles consecuencias letales

Ante el conocimiento de la realización de proyectos oficiales del Principado de Asturias que implican la captura en vivo de lobos para su seguimiento mediante radiomarcaje en dicha región, ASCEL solicitó con fecha 17/11/2021, información tanto a la Universidad de Oviedo, como al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). En dicho escrito se solicitaba conocer si esas acciones se han llevado a cabo conforme a la legalidad vigente e indagar acerca de si se ha cumplido escrupulosamente con las pautas legales y éticas en el manejo de los ejemplares radiomarcados y por la posible manifestación  de consecuencias indeseadas o indebidas en dicho proyecto de radioseguimiento, que se ha saldado con la muerte indeseable e ilegal de ejemplares de una especie protegida como el lobo en España.

Figura 1 – No solo la legalidad y la ciencia deben regir en el seguimiento de lobos, sino también la ética.

 

Ocho años de ASCEL defendiendo al lobo en los tribunales

Por Ignacio Martínez Fernández
Miembro de la Junta Directiva de ASCEL

ASCEL se fundó en el año 2000 para ocuparse de la conservación de los lobos en la Península Ibérica, con su actividad centrada en España. Es entonces lógico que la misma se desarrolle allí donde está presente el animal en nuestro país, sobre todo en las cuatro comunidades (Galicia, Asturias, Cantabria y Castilla y León) que concentran la mayoría de la población actual.

Una característica problemática con respecto a la conservación de la especie es su distinta consideración legal en función de la división administrativa del territorio (además de su estatus legal en Portugal, que comparte la misma población y similar responsabilidad de conservación). En esas cuatro administraciones autonómicas, por ejemplo, se dan cuatro situaciones diferentes. A groso modo, en Galicia es especie cinegética y se dispone de un plan de gestión (2008); en Asturias no es cazable ni está protegida, con un plan de gestión (el segundo, de 2015); en Cantabria es cazable, sin plan de gestión; y en Castilla y León es cazable en una parte del territorio, no lo es en otra parte, y hay un plan de gestión unitario (el segundo, de 2015). Además, Álava dispone de algo denominado plan de gestión, tan original que su objetivo es defender las explotaciones ganaderas ante la presencia de la especie.

De los tres ámbitos dotados de plan de gestión (Asturias, Castilla y León y Galicia), instrumentos que -en teoría- pretendían preservar a la especie y minimizar los supuestos problemas asociados, es en Asturias donde la trayectoria de ASCEL es más dilatada, pues fue allí donde se aprobó el primero, ya en 2002. Luego Galicia (el vigente, 2008), y Castilla y León (también en 2008, el anterior al actual) siguieron la estela. Y si en principio la teoría de la ‘gestión’ hizo albergar alguna esperanza, e incluso se participó en la supervisión de su ejecución (a través de los llamados comités consultivos), la práctica ha supuesto el que, de todo lo previsto en los tres planes, apenas se practica algo más que la muerte de ejemplares, acción a la cual los planes dan cobijo.

Así, nuestra asociación comenzó a cuestionar los programas de controles letales de población asociados a los planes, desarrollados normalmente mediante programas o previsiones anuales, o cupos, a partir de 2010, año en que se da un salto cualitativo en el proceso.

Frente a la norma que regulaba los cupos en Castilla y León para la temporada 2010-2011 se presentó un Recurso Contencioso Administrativo (RCA), instrumento que permite cuestionar la legalidad de un acuerdo administrativo, e incluso de una norma o disposición general -como es el caso. Son procesos lentos, que no paralizan la ejecución o validez de la norma cuestionada, salvo que se presente paralelamente o dentro del proceso una petición de suspensión, opción complicada por los requerimientos usualmente exigidos (como fianzas). De tal modo que se dio la circunstancia de que tanto el RCA de la temporada 2010-2011 como el planteado contra los cupos de la temporada siguiente (2011-2012) en Castilla y León, obtuvieron sentencia favorable para ASCEL, pero esta llegó cuando ambas temporadas de caza ya habían finalizado, habiéndose matado ya los lobos cuyo abatimiento se declaró ilegal. La primera sentencia llegó en mayo de 2014, y la segunda en septiembre de 2015, haciendo esta referencia a la temporada de caza que finalizaba en 2012. Ante esta circunstancia se abrió una vía para reclamar una consecuencia práctica de las sentencias favorables, que no podían obviamente devolver la vida a los ejemplares muertos, pero el tribunal consideró que debía haberse contemplado inicialmente una petición adicional de compensación si la sentencia fuera favorable.

Mientras tanto, la administración del Principado de Asturias renovó en 2015 el Plan de 2002, y contra ese nuevo plan se presentó un contencioso, no operado por ASCEL (aunque algunos de los socios sí participaron en ciertas fases del contencioso) que no resultó exitoso.

Directamente ASCEL presentó contencioso contra el primer programa anual de controles de población derivado del II Plan astur, el programa 2015-2016, que no sólo no resultó exitoso, sino que motivó, cuando aquí sí que se procedió a pedir la suspensión cautelar, un auto o resolución judicial que pasara a los anales del despropósito. Manifestaba sin ambages el magistrado que se ocupó del caso, en una frase que probablemente (y lamentablemente) pasará a la historia de la conservación de este país, que ‘está fuera de toda duda que la proliferación de depredadores resulta perjudicial tanto para el interés general de conservación del medio ambiente, como del de terceros titulares del ganado que resultan perjudicados por los daños causados por los lobos, …’. Semejante afirmación disparatada sustanciaba el auto y la sentencia posterior (negativa).

No vamos a valorar aquí lo que esto significa, pero sí vamos a contrastar esta situación al norte de la Cordillera, con la evolución legal al sur, donde tras ganar aquellos dos contenciosos sobre cupos, se presentó otro contra la revisión del plan de gestión, el II Plan de Castilla y León, obteniendo éxito en febrero de este año la anulación del Decreto 14/2016, que regulaba el II plan. A esta importante novedad hemos de sumar otra sentencia favorable, en proceso presentado en colaboración con la asociación La Manada, que declaró ilegal el primer programa derivado de ese Plan, el de Aprovechamientos Comarcales al Norte del Duero 2015-2016. La sentencia, de marzo de 2018, llegó más tarde que el final de la temporada de caza a la que se refiere. Sin embargo, recordar que las sentencias son válidas desde que se emiten y un recurso a instancia superior dilata la firmeza, pero no evita las consecuencias o repercusiones de la desatención de lo acordado por cada sentencia desde su emisión a su firmeza. Más no sólo implican una responsabilidad temporal pasada, sino que van conformando una realidad administrativa que se aproxima a la argumentación que defendemos, tal cual es la consideración de la especie como protegida por las fuentes del derecho en toda España, mientras que normas menores y prácticas pretenden anular esa protección que reclamamos sin descanso.

Mientras que en Asturias está en curso un nuevo RCA contra la resolución de esta temporada, en Castilla y León opera otro contra los siguientes cupos a los anulados por sentencia a nuestra instancia, que en esta ocasión son trianuales (2016-2019). De hecho, la reciente sentencia de este mes contra los cupos anteriores (15-16) propicia que se haya presentado una petición de suspensión cautelar de esos cupos hasta que se consiga sentencia, dada la situación creada, con sentencias que anulan el Plan, su primer programa (y por obra de otros actores), el decreto de caza que considera el lobo como cazable en Castilla y León. Suspensión cautelar otorgada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en este pasado mes de mayo, pendiente de firmeza, y obtenida poco tiempo después de un auto similar en Cantabria, en un proceso en asociación con Ecologistas en Acción.

Desde luego un panorama complejo y lento, no exento de dificultades y desalientos, pero afrontado con determinación desde nuestra asociación, con medios y recursos propios, una vez que ASCEL constató que los denominados planes de gestión y su práctica sólo servían para matar lobos y nada (o poco) más. Nuestra presencia en el territorio lobero, la continuada acción administrativa previa, y la visión de conjunto y unitaria frente a los desatinos legales de las administraciones implicadas están empezando a dar sus frutos.

No ocultamos que poseemos una estrategia, la cual compartimos con nuestros socios, a quienes brindamos los éxitos (no menores) alcanzados, base y sustento, siempre que nuestras asambleas así lo valoren, de opciones de más entidad, hasta lograr el reconocimiento de iure y de facto de la protección legal general, no condicionada y real, del lobo ibérico en España (es decir, hasta logar lo que ya es un hecho en Portugal, con quienes compartimos las responsabilidades de conservación de la misma población).

Y no podemos olvidar, en paralelo a estas vías administrativas, el que en una ocasión ASCEL abrió vía penal, para denunciar a los responsables de unas matanzas de lobos acontecidas a finales del 2013 en el occidente de Cantabria. En ese caso, tras múltiples peripecias, el asunto se cerró en el año 2016 infructuosamente, al no haber podido probar responsabilidades penales.

En estos momentos, y por esta vía, estamos valorando otras acciones, que sólo verán la luz con las garantías debidas.

Los lobos no son de nadie

Al arrancar este 2018 comprobamos que aparecemos retratados como taimado grupo de presión, que impide a otros obtener los lobos que necesitan. Una entrada en la web de FAPAS titulada “El lobo es mío” aporta información falsa, relativa al funcionamiento de la representación de los grupos conservacionistas en el Comité Consultivo del Plan de Gestión del Lobo en Asturias.

Dicho comité consultivo, recuérdese el subrayado, incluye un vocal representante de “las entidades conservacionistas”, así como un suplente (Boletín Oficial del Principado de Asturias Nº 165 de 2003, del jueves 17 de julio). Esta es una propiedad al parecer emergente en los distintos procesos de participación pública, ya sea en planes de gestión de especies, actividades (e.g. caza), o espacios protegidos (e.g. PN Picos de Europa): los conservacionistas disponen de un único representante, que es elegido entre los candidatos de las entidades habilitadas para presentarlos.

Durante más de 13 años (4 de Febrero de 2004 a 3 de Mayo de 2017), el miembro de ASCEL, Alberto Fernández Gil, desempeñó la representación de los conservacionistas ante el comité presidido por la administración asturiana. El suplente de Alberto en el comité era Fructuoso Pontigo Concha, de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies. En mayo de 2017 las entidades conservacionistas decidimos, no sin discusión, dejar de participar temporalmente en el comité, por considerarlo mera propaganda de la participación pública. Hasta ese momento, los conservacionistas acudíamos al comité con una postura común, discutida antes de cada convocatoria, y defendida por Alberto Fernández Gil. Los asuntos sobre los que informamos al comité, y sobre los que defendimos posturas, se centraron esencialmente en la oposición a las continuas medidas de gestión letal, inútiles, crueles, e injustificadas. Un breve repaso a la actualidad ambiental en Asturias mostrará a cualquier persona interesada que la administración asturiana no hace caso a nuestras propuestas. Dado que el comité es consultivo, sólo nos queda combatir esas decisiones fuera de él, y en ello nos empeñamos.

En el citado comité, y mediante el mismo procedimiento seguido en otros asuntos relativos al Plan de Gestión, se trató el asunto que al parecer motiva los azotes de FAPAS a ASCEL. Es falso por tanto que sea la postura de Alberto Fernández la que impidió a FAPAS tener “sus lobos”; es falso que fuese la postura de las entidades conservacionistas. Las decisiones sobre gestión de lobos en Asturias las toma el Gobierno del Principado. Prueba de ello es que en la actualidad parece desarrollarse un proyecto de captura y marcaje de lobos en Asturias, sobre el cual las entidades conservacionistas no hemos recibido información ni hemos sido consultadas.

Una cuestión a discutir sería por qué a las entidades conservacionistas representadas en el comité no nos gustó el proyecto para el que pidió autorización FAPAS a la administración asturiana. Discutir esas cuestiones es obviamente posible: tiene que dirigirse FAPAS a los conservacionistas, idealmente sin insultar previamente. Así mismo nos parecería interesante también saber por qué la administración asturiana presenta ante el comité unos proyectos de captura y marcaje, y tramita otros independientemente del mismo. Quizás aprenderíamos los conservacionistas algo acerca de cómo, a quién y por qué autoriza la administración las actividades en el medio natural.

Por lo demás, en su portal de Internet FAPAS muestra una marcada antipatía por Alberto Fernández Gil, y tampoco parece ser muy fan de Javier Naves Cienfuegos, ambos socios de nuestra ONG. Toda vez que nuestros estatutos no recogen la obligación de caerle bien a todo el mundo, ni parece que sea ese un objetivo demandado por los asociados, no entraremos a batallas personales estériles. En todo caso, nos parece difícil conjugar el desazón de FAPAS por la decisión de la Administración asturiana de no autorizar su proyecto, con el tremendo interés mostrado por la denominación contractual de unos profesionales. Quizás piense FAPAS que las etiquetas de unos u otros determinan quién puede estudiar biología, quién puede llevar a cabo investigación.

Seguimos; tenemos enfrente cosas importantes por hacer, frente a entidades e individuos que se están llevando a los lobos por delante.

Nuevo “plan de tiro” al lobo en Asturias

La administración del Principado de Asturias, su Dirección General de Recursos Naturales, acaba de dar la orden a la guardería ambiental de matar al menos 16 lobos en el ámbito geográfico del “plan de gestión”, y todos los que aparezcan fuera de ese límite arbitrario.

Algunos detalles al respecto de la orden cursada a la guardería (responsable inmediata de llevar a cabo esas muertes, o de facilitarlas a los cazadores):

  • no va firmada por los responsables últimos (los técnicos de la administración).
  • Parece poner a prueba la capacidad aritmética de los agentes ambientales implicados: se les ordena que ejecuten el 50% de 1 lobo en cacerías regulares en una zona, el 50% de 3 en otras dos zonas, y el 40% de 2 en otra.

Como la guardería parece tener poco que hacer – de todos es conocido que los furtivos e incendiarios son un lejano recuerdo del pasado remoto de Asturias – ahora tienen que aplicarse en matar lobos, medios lobos, o cuarto y mitad, de una forma o de otra.

Otra vez la administración asturiana olvida que los lobos está protegidos por el Convenio de Berna, y amparados por la Directiva Hábitats, que exige la conservación de la población en un estado favorable. Que una especie no cinegética pueda ser abatida por cazadores con la asistencia de agentes medioambientales implica que el responsable inmediato de su muerte (el guarda) tendrá que hacer frente a cuantas complicaciones se deriven de ese vericueto imposible entre la normativa vigente. Además de la insensatez que esto supone, implicará también incumplir compromisos de los que dependen fondos públicos que llegan anualmente a muchos asturianos.

Pedimos información sobre batidas en Asturias

Ante evidencias de que se están llevando a cabo batidas contra los lobos en Asturias, las entidades conservacionistas representadas en el Comité Consultivo del Plan de Gestión hemos solicitado a la administración del Principado información que debiera ser compartida rutinariamente con dicho comité.

Hemos pedido información sobre el número de lobos matados en controles desde diciembre pasado. Solicitamos conocer también si han sido abatidos lobos con autorizaciones excepcionales, en las que haya participado personal ajeno a los agentes medioambientales. En caso de que así haya sido, solicitamos detalles sobre las medidas preventivas puestas en marcha para evitar la predación sobre ganado, así como la evaluación de las mismas.

Pretendemos así tener información para evaluar si los controles realizados, ya sean ordinarios o excepcionales, tienen justificación técnica y/o social, y si se ajustan a las motivaciones contempladas en los mandatos legales.

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Nueva “orden” de control letal en Asturias

La Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales del Principado de Asturias, supuestamente competente en la gestión del lobo, siempre está dispuesta a superarse. En este caso muestran a los escépticos que sí, es posible empeorar.

Tras la campaña invernal de controles letales de lobos (enero – abril; coincidiendo con la época de celo), la Dirección General de Recursos Naturales (menudo nombre, por cierto) acaba de remitir a los Guardas Mayores de las comarcas asturianas una orden interna de controles letales de población, en vigor desde el 1 de Mayo hasta el 31 de Agosto; es decir, coincidiendo con los partos y los primeros meses de vida de los cachorros.

A la supuesta resolución que contempla los controles para el año 2016 (45 ejemplares dentro del “ámbito de gestión”, más todos los lobos que aparezcan fuera de ese ámbito, en el otro tercio del territorio asturiano) se une ahora este episodio. El seudodocumento que detalla los controles “de primavera-verano”no va firmado. Ni siquiera menciona la especie a controlar, aunque si “reparte suerte” entre las zonas del plan de gestión. Y como novedad, incluye por primera vez la posibilidad de que los cazadores maten lobos en cacerías de Quirós y Ponga, acompañados de guardas. No, la especie no es cinegética en Asturias, pero alguien piensa que puede ser abatida por cazadores, en el transcurso de una acción de caza.

¿Qué hará el Principado cuando un Guarda del Medio Natural sea denunciado por matar un lobo amparado en esta orden, sin firma y sin especie detallada?

¿Qué hará el Principado cuando un cazador sea denunciado, así como el guarda acompañante, por abatir una especie no cinegética? ¿Trabajará en su defensa, apoyándose en tan formales documentos?

Mientras, en Cantabria, la Fiscalía está ya estudiando algo menos aparente.

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