Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico

Luis Mariano Barrientos, in memoriam

Autor:Alberto Fernández Gil

Tuve la fortuna de conocer a Luis Mariano Barrientos cuando ambos éramos veinteañeros, y de haber sido su amigo durante décadas. Le conocí en el que probablemente fue el primer congreso lobero que tuvo lugar en España, en 1987 en Salamanca, y sin duda aquel día fue uno de esos hitos que cambian el rumbo de la vida de uno sin ser consciente de ello, al menos hasta pasados muchos años. No diré que nos convertimos en inseparables desde aquel día (Luis Mariano fue siempre un tipo solitario, aunque aparentemente extrovertido), pero los siguientes años trabajé con él a menudo, cuando la Junta de Castilla y León aún le contrataba los censos de grupos de lobos en La Culebra, e incluso en toda la región. Y sobre todo salí al campo con él cientos de veces, cada día maravillado de los lugares que habitaban los lobos esteparios que él adoraba y, ante todo, y cada día, sintiendo asombrado el don único que ese hombre tenía para detectar a los lobos, para verlos, y para entender el paisaje como nadie he visto jamás que lo hiciera, mucho más cerca de la percepción de los lobos (y sé que al decir esto me meto en un pantano) que la del resto de los humanos.

De aquellos años aprendí casi todo lo que sé de los lobos de las estepas cerealistas, nos reíamos con él hasta el desmayo (y con Miguel Rico, nuestro grandísimo colega y naturalista gigante), y supe también de las obsesiones y de la dificultad de trabajar con una persona que anteponía los lobos casi a su propia vida (confío que Rosa y sus hijos me perdonen por semejante opinión).

Luis Mariano fue no sólo una leyenda para todos los que le conocimos y le quisimos a lo largo de los años, sino sobre toda una inspiración para trabajar por la conservación de los lobos ibéricos, una persona que siguió el legado dejado por Félix Rodríguez de la Fuente en unos años oscuros y tenebrosos donde la caza, los controles de población y el furtivismo eran la norma en nuestro país. Fue en esos años en los que de su mano se creó ASCEL (y de la de Juan Ángel de la Torre y Fernando Jubete) [Nota de ASCEL: fueron nueve los socios fundadores] que creció y peleó hasta conseguir la protección de los lobos hace apenas tres años, un legado que el propio Luis Mariano llegó a conocer, y espero que a disfrutar; un legado que le debemos en gran parte, y que permite ver un futuro algo más luminoso sobre la conservación de los lobos en España.

Por Alberto Fernández Gil (Enero de 2025)

Tuve la fortuna de conocer a Luis Mariano Barrientos cuando ambos éramos veinteañeros, y de haber sido su amigo durante décadas. Le conocí en el que probablemente fue el primer congreso lobero que tuvo lugar en España, en 1987 en Salamanca, y sin duda aquel día fue uno de esos hitos que cambian el rumbo de la vida de uno sin ser consciente de ello, al menos hasta pasados muchos años. No diré que nos convertimos en inseparables desde aquel día (Luis Mariano fue siempre un tipo solitario, aunque aparentemente extrovertido), pero los siguientes años trabajé con él a menudo, cuando la Junta de Castilla y León aún le contrataba los censos de grupos de lobos en La Culebra, e incluso en toda la región. Y sobre todo salí al campo con él cientos de veces, cada día maravillado de los lugares que habitaban los lobos esteparios que él adoraba y, ante todo, y cada día, sintiendo asombrado el don único que ese hombre tenía para detectar a los lobos, para verlos, y para entender el paisaje como nadie he visto jamás que lo hiciera, mucho más cerca de la percepción de los lobos (y sé que al decir esto me meto en un pantano) que la del resto de los humanos. De aquellos años aprendí casi todo lo que sé de los lobos de las estepas cerealistas, nos reíamos con él hasta el desmayo (y con Miguel Rico, nuestro grandísimo colega y naturalista gigante), y supe también de las obsesiones y de la dificultad de trabajar con una persona que anteponía los lobos casi a su propia vida (confío que Rosa y sus hijos me perdonen por semejante opinión).

Luis Mariano fue no sólo una leyenda para todos los que le conocimos y le quisimos a lo largo de los años, sino sobre toda una inspiración para trabajar por la conservación de los lobos ibéricos, una persona que siguió el legado dejado por Félix Rodríguez de la Fuente en unos años oscuros y tenebrosos donde la caza, los controles de población y el furtivismo eran la norma en nuestro país. Fue en esos años en los que de su mano se creó ASCEL (y de la de Juan Ángel de la Torre y Fernando Jubete) que creció y peleó hasta conseguir la protección de los lobos hace apenas tres años, un legado que el propio Luis Mariano llegó a conocer, y espero que a disfrutar; un legado que le debemos en gran parte, y que permite ver un futuro algo más luminoso sobre la conservación de los lobos en España.

Luis Mariano Barrientos

 

ASCEL presenta alegaciones al Plan de Gestión del lobo del País Vasco

El borrador del primer plan de gestión del lobo del País Vasco (en adelante, CAPV) ha llegado 4 años y 7 meses después de su inclusión como especie en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas. Y el pasado lunes 21/10/2024, finalizó el plazo de consulta pública para presentar alegaciones al borrador del plan propuesto por el Gobierno Vasco.

El doble blindaje legal del lobo en la CAPV, mediante (1) su catalogación regional, conseguida después de más de 8 años por una asociación como el “Grupo Lobo de Euskadi” en 2020, y (2) con su inclusión en el Listado español “LESRPE”, gracias a nosotros en 2021, ha permitido que, por fin y por primera vez, hayamos visto en España un plan de gestión en el que las medidas letales (caza y/o control) no sean la piedra angular de desarrollo y contenido de dichos planes. Debemos recordar que un “plan de gestión” es el nombre de la herramienta legal de aplicación que deriva de la catalogación de cualquier especie en la CAPV, esté en peligro de extinción, vulnerable, o no.

Pero también hemos considerado en ASCEL que el plan de gestión objeto de la consulta pública es manifiestamente mejorable por diversos motivos. En nuestro extenso documento de alegaciones (de 33 páginas), registrado en tiempo y forma, hemos reflejado la necesidad de priorizar más las acciones de conservación –y en particular, sobre la caza ilegal-, de educación ambiental sobre la importancia ecológica de los lobos, de seguimiento de la población de lobos en la CAPV basado en la aplicación de técnicas genéticas no invasivas y en el diagnóstico forense genético de la incidencia atribuida al lobo, y no poner tanto el énfasis sobre aspectos que atañen a la ganadería en un plan de conservación de lobos. La necesidad de que el sistema ganadero vasco deje de erigirse en una «ruina ecosistémica» general, además de su incompatibilidad manifiesta con la presencia de lobos (y muchas otras especies salvajes), deben ser abordados en planes de ordenación pascícolas y/o en planes territoriales sectoriales ganaderos propios. No puede supeditarse la obligatoria conservación del lobo a la pervivencia de una ganadería abandonada o mal gestionada.

También hemos solicitado al Gobierno Vasco que designe y apruebe “Áreas críticas” -que no ha contemplado en su borrador de plan, a pesar de que la ley marco ambiental regional le obliga-, sobre al menos 131 km2 de áreas de elevada potencialidad a priori para la reproducción de grupos de lobos. Esta superficie no es continua, sino que está repartida y dispersa por toda la CAPV sobre los al menos 8 grandes espacios territoriales susceptibles de albergar grupos reproductores de lobos en la CAPV (la mayoría, alaveses), según informes contratados y pagados con dinero público. En el último medio siglo, únicamente cuatro de esas zonas vascas potenciales (compartidas con Burgos y Cantabria) han albergado grupos de lobos, en algún momento, sin continuidad espacio-temporal ni apenas simultaneidad, por lo que esta consideración redunda aún más en la necesidad de establecer una zonificación y áreas críticas en el seno del plan de gestión.

Por último, hemos recordado al Ejecutivo Vasco que no interpreta adecuadamente la Directiva Hábitats, ni siquiera la ubicación geográfica vasca con respecto a protección estricta inferida para el lobo en la misma por el Anexo IV (“especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta”), donde se encontraría el extremo oriente alavés y la mayoría de Gipuzkoa), y por el Anexo V (“especies animales y vegetales de interés comunitario, cuya recogida en la naturaleza y explotación pueden ser objeto de medidas de gestión”) (véase figura 1). E incluso por el simple hecho de tener una mínima previsión ante la posibilidad de que pudieran aparecer lobos italo-franceses (C. l. italicus) u/y otros centroeuropeos (C. l. lupus) en su territorio, no solo ejemplares de los montes cantábricos. Resaltamos en ese sentido la consideración del papel geográfico que ostenta la CAPV para la conectividad de los lobos entre el noroeste de España y el sur de Francia, dada su situación geográfica de «puente» entre la Cordillera Cantábrica (su principal refugio español y núcleo poblacional más denso), Pirineos y el Sistema Ibérico norte.

Figura 1. Imagen de España donde se observa en sombreado naranja la distribución oficial del lobo Canis lupus, en azul el río Duero, y donde se indican los ámbitos de zonificación según la interpretación de la Directiva Hábitats que distingue la aplicación de distintos Anexos para lobos al norte y al sur del Duero. Si se observa la línea punteada vertical no es tan fácil discriminar lo que está al norte y al sur del Duero, dado el recorrido de dicho río, lo cual no debería ser interpretable. La CAPV queda inequívocamente comprendida para el lobo entre norte y sur del Duero para el caso de la aplicación de los Anexos de la Directiva Hábitats, estando la franja más oriental de su territorio (Gipuzkoa y extremo oriental de Álava sobre el anexo IV, y no el V). Fuente de la imagen: Quevedo y col. (2019)

Efectos de matar lobos a nivel de grupo reproductor

Es frecuente desde hace años escuchar a administraciones, políticos, agrocolectivos, consultores y asesores ambientales, y a gestores de lo ambiental, a los que se les supone formación académica, negar y minusvalorar, incluso en público, las investigaciones científicas realizadas sobre el efecto de la caza y de los controles letales sobre la población de lobos, esgrimiendo que los efectos no están suficientemente demostrados o son irrelevantes. Nada más lejos de la realidad. Los impactos sobre los lobos pueden ser desglosados no solo a nivel general de tamaño de población, sino incluso a nivel de la unidad social del grupo reproductor, y es posible evaluar cómo afectan las bajas mortales sobre la estabilidad y supervivencia del grupo familiar y a sus tasas demográficas (éxito reproductor, etc.). 

Una reciente investigación científica analiza estas cuestiones y el efecto sobre cada grupo reproductor en 193  grupos de lobos en cinco Espacios Naturales Protegidos de EE.UU, desde finales de la década los 80 del pasado siglo hasta la actualidad. Los resultados demuestran los perniciosos y cuantiosos efectos que la mortalidad no natural provocada por los humanos tiene internamente sobre los propios grupos y su estabilidad, persistencia y reproducción. 

Un tercio de los lobos radiomarcados en dichos espacios protegidos norteamericanos, a pesar de su protección sobre el papel, moría como consecuencia de las actividades humanas en las áreas próximas limítrofes del exterior de cada espacio protegido. Y las consecuencias sobre los grupos son prolongadas y adquieren múltiples matices, algo que nuestros gestores habitualmente ignoran.

Los grupos familiares de lobos que sufrían las bajas mortales tenían menos probabilidades de reproducirse, y la pérdida de un adulto dominante disminuía significativamente la cohesión y viabilidad del propio grupo y también de que tuvieran reproducción al año siguiente.

También se comprobó que el tamaño medio de grupo (ese que en España y Portugal es de 4,2 ejemplares, y no otro, aunque algunos se esfuercen sin éxito en elevarlo hasta 8-10 o más) influye sobremanera. Así, los grupos más grandes tenían menor fragilidad y más probabilidades de viabilidad a largo plazo para no desintegrarse, frente a los grupos más pequeños, ante la existencia de bajas ocasionadas por acciones humanas. Dichos grupos tienen más integrantes esperando una teórica posibilidad de asumir un estatus social diferente y/o funcionalidad dentro del propio grupo frente a un vacío repentino por baja mortal. Si el grupo es pequeño, las posibilidades de sustitución son menores.

Figura 1. Predicción de probabilidades según modelos estadísticos de que un grupos de lobos (a) persista y (b) se reproduzca en cinco espacios naturales protegidos de EE. UU., según la mortalidad causada por humanos sobre sus integrantes. Fuente: Cassidy, K. A. y col. (2023). Frontiers in Ecol & Environ, DOI: (10.1002/fee.2597)

Si además las poblaciones de lobos están dispersas y alejadas en el territorio, las probabilidades de persistencia y de reemplazo individual también disminuyen. La presencia de grupos grandes y lo más cercanos posibles, repartidos por amplias áreas, actúan como población «fuente» e implican una posibilidad de dispersión efectiva (que supone reproducción) mucho mayor, lo cual contribuye a la conservación a largo plazo, es decir, a la viabilidad demográfica y genética de los lobos, la cual está especialmente depauperada en España.

Pero todas esas variables nunca se tienen en cuenta en la gestión del lobo en España. Ni siquiera ahora que está protegido en el «Listado» o LESRPE. Sirva como muestra que los propios gestores, y algunos profesionales adscritos y/o contratados por parques nacionales en España, como Picos de Europa, se han erigido en los adalides y ejecutores de una gestión letal de la especie, porque «no pasa nada por matar unos lobos«, tanto a la población ibérica, como a su estado de conservación. 

Este trabajo reitera la necesidad de proyectos de seguimiento a largo plazo, sujetos a los mejores estándares éticos y científicos posibles, y de que la protección del lobo no solo se produzca en los espacios naturales protegidos, sino también fuera de ellos. Por eso es importante la protección integral de lobo, no solo a través del Listado “LESRPE”, sino también del Catálogo “CEEA” como especie clasificada como «Vulnerable». 

El lobo en la Comunidad de Madrid

Al hilo de la celebración de la asamblea general 2018 de ASCEL en La Cabrera, municipio de la Comunidad de Madrid, nos hacemos eco de la reincorporación de la comunidad autónoma al área de distribución reproductora del lobo en la Península Ibérica.

Desde hace aproximadamente una década, la especie ha ido recolonizando terrenos de la Comunidad de Madrid, en las vertientes meridionales de la Sierra de Guadarrama, y se ha establecido como reproductora, con presencia de varios grupos en la comarca conocida como la «Sierra Norte». También en los últimos años existen indicios de presencia en la comarca de la «Sierra Oeste».

La recuperación natural del área de distribución del lobo recalca el papel potencial que la Sierra de Guadarrama y el Sistema Central pueden desempeñar como corredores ecológicos hacia otros territorios de donde fueron extirpados en tiempos recientes. Así, los territorios más septentrionales de la Comunidad de Madrid, ubicados en la «Sierra Norte», presentan bajas densidades relativas de población humana y elevada disponibilidad de ungulados silvestres, además de hábitats aparentemente favorables para la prosperidad de lobos. Además, parte de dichos territorios ha quedado incluidos dentro del recientemente declarado Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, constituyendo así el segundo parque nacional español que alberga territorios de lobo.

A pesar de las aparentes condiciones favorables para que el lobo prospere, el futuro de la fracción  madrileña de lobos ibéricos no está exento de interrogantes. Su conservación no está suficientemente asegurada por la administración regional, que lo ha recibido más como un problema que como una oportunidad de diversificar y mejorar sus ecosistemas. Así, la especie no está incluida en su catálogo regional de especies amenazadas y por tanto, adolece de un plan de conservación en Madrid, ni tampoco se ha realizado ninguna medida efectiva de gestión por falta de voluntad política. En este sentido, cabe destacar la realización de nuevos cortafuegos amenazan zonas de cría ya establecidas. Así mismo, la falta de una política responsable de gestión de los conflictos, que condicione las ayudas y las compensaciones por los perjuicios a la industria ganadera a la adopción de medidas preventivas y de manejo del ganado, está haciendo emerger algunas prácticas irregulares y la atribución de los daños a la ganadería se achaca casi exclusivamente a los lobos, lo cual puede exacerbar ciertas conductas hostiles hacia los lobos. Sigue existiendo furtivismo, no perseguido en la práctica, y en ese sentido, la creación del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama no ha supuesto una sola medida de conservación de la especie.

La siniestrabilidad por atropellos que padece el lobo como consecuencia de la elevada red de infraestructuras viaria de la zona parece otro factor importante de mortalidad, a tenor de las bajas conocidas acumuladas.

Sería deseable que la administración de la Comunidad de Madrid aproveche la nueva oportunidad para emprender medidas de restauración ecológicas, y marcar pautas novedosas en la conservación de la especie: por ejemplo, haciendo (a) un seguimiento de la población y de su dinámica de recolonización, desarrollando, por ejemplo, métodos no invasivos, altamente recomendables y exitosos para poblaciones pequeñas de lobos en su límite de distribución, y que a su vez, pueden erigirse en el punto de partida para la ejecución de peritajes «genéticos», que contribuyan a aclarar la contribución de los perros «incontrolados» y de los lobos a la problemática de los daños ganaderos que afectan a algunas explotaciones de la comunidad Madrid, (b) recomendando prácticas que eviten los conflictos con los intereses locales y sectoriales, (c) reduciendo la siniestrabilidad por atropellos en las infraestructuras viarias que atraviesan el norte de Madrid mediante pasos específicos de fauna y limitaciones efectivas de velocidad, y (d) sensibilizando a la población sobre el papel positivo de la presencia de lobos, y en el cumplimiento de la normativa ambiental, por el bien común.

En cualquier caso, la recolonización de territorios de la Comunidad de Madrid por parte de grupos de lobos reproductores, ocupados hasta hace unas pocas décadas, puede suponer un paso pequeño, pero hacia adelante, en la recuperación del área de la distribución histórica de la especie en la Península Ibérica.

Caza y controles de lobos: ¿de qué estamos hablando?

Por Alberto Fernández Gil
Doctor en Biología

En los últimos años, muchos ciudadanos reclaman a las administraciones públicas una protección efectiva de los lobos en España. Como soy uno de esos reclamantes, me atrevo a interpretar aquí lo que significa protección, para pasar luego a la discusión sobre la caza y los controles.

Entiendo por protección de una especie animal el hecho de que no se puedan cazar ejemplares, ni reducir (o “controlar”) sus poblaciones. Es decir, se protege a la especie de la persecución por parte de los humanos, ya sea ejercida mediante caza o controles, lo que significa que se protege a los individuos de dicha persecución.

La protección de los lobos en España implicaría, legalmente, incluirlos al menos en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Real Decreto 139/2011). En dicho listado, y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, están todas las especies que no pueden ser cazadas ni perseguidas en España. O “controladas”, según el eufemismo. Es decir, osos, linces, buitres, ratoneros o alcotanes no pueden ser cazados ni controlados en este país. No ocurre lo mismo, por ejemplo, con liebres y jabalíes, aunque hay quien mantiene que las leyes de caza les confieren una cierta protección. No hablo aquí de la protección que “disfrutarían” liebres y jabalíes bajo el régimen cinegético, sino de la protección a una especie que supondría que caza y control quedan fuera de lugar.

En el caso de los lobos, sin entrar en la discusión técnica de tipo legal de si las normas europeas de Berna y la Directiva Hábitats han sido correctamente trasladadas a la legislación española, sí considero que deberían estar efectivamente protegidos en nuestro país; es decir, incluidos al menos en el Listado. Y dado que no lo están, los lobos siguen siendo perseguidos legalmente, ya sea mediante la caza o mediante los llamados controles de población y de ejemplares.

Esta entrada pretende ser una aclaración crítica de los términos “caza” y “controles”, tal y como aparecen mencionados explícitamente en las normas que regulan la gestión del lobo en España – los planes de gestión de Asturias, Galicia, Castilla y León, y Álava – que afectan a la práctica totalidad de los lobos en nuestro país. Además de una interpretación de los términos, argumentaré por qué, desde mi punto de vista, caza y controles están injustificados, y por qué los lobos han de ser efectivamente protegidos en España.

La caza es la herramienta de gestión básica de los lobos en Castilla y León (Decreto 14/2016), y los controles de población son la herramienta de gestión básica en Asturias (Decreto 23/2015). Entre ambas regiones y Cantabria (que también aplica caza y controles, aunque sin plan de gestión) se matan legalmente unos 100 lobos cada año, lo que supone el 90% de los eliminados legalmente en España (el resto lo completan Galicia, Euskadi y La Rioja). Es decir, caza y controles de población son las herramientas básicas de la “gestión” de los lobos en España.

En realidad, la caza y los controles de población son herramientas muy similares, en sus objetivos, en sus planteamientos, en sus consecuencias, y en sus pretendidas justificaciones: el objetivo es reducir la población, ya sea mediante la cosecha de unos supuestos excedentes de la población (en la caza, del harvest anglosajón), o mediante el control de la misma, porque de no hacerlo se podría “descontrolar”.

Me detengo un poco en el fascinante término “control” aplicado a la gestión de la fauna, y en particular de los grandes carnívoros. Casi todos los grandes carnívoros como los lobos son predadores apicales, lo que implica que presentan características biológicas únicas: auto-regulación de sus poblaciones mediante la territorialidad y la supresión reproductiva de parte de la población adulta (Wallach et al. 2015). Esto quiere decir que los lobos no descontrolan sus poblaciones en condiciones naturales. La única forma de que una población de lobos aumente de forma natural es que tenga hábitat disponible sin ocupar. En caso contrario, dentro de los límites del área de distribución ocupada, una población de lobos no aumenta, no se descontrola (Hayes et al. 2003), aunque sí puede recuperarse al cesar controles y caza tras haber sido reducida.

Tanto en la caza como en los controles de población se establecen cuotas (o cupos), es decir, hay un número anual de ejemplares que ha de ser eliminado, y esa eliminación es aleatoria en cuanto a los ejemplares que se ejecutan: recordemos, el objetivo es aprovechamiento de excedentes, o control frente al potencial descontrol.

Además del objetivo compartido por caza y controles en cuanto a evitar supuestos descontroles, comparten a menudo el de pretender compatibilizar la presencia del carnívoro con la ganadería; es de nuevo un objetivo explícito en todos los planes de gestión de la especie en España. Así pues ¿pueden la caza y los controles de población alcanzar el objetivo de minimizar ataques al ganado, y al tiempo cumplir los mandatos de Berna y la Directiva Hábitats, además de los que marca la legislación española?

Por lo que sabemos, no.

Lo que sabemos es que la caza y los controles pueden minimizar los ataques al ganado sólo si son tan severos que supongan reducciones masivas de la población de lobos (Wielgus & Peebles 2014, Bradley et al. 2015); si las reducciones afectan a menos del 30% de la población, el efecto conseguido sobre los ataques puede ser el contrario al esperado (Wielgus & Peebles 2014, Fernández-Gil et al. 2016). Por eso no es sorprendente que para rebajar los ataques se desaconsejen los controles y la caza (Treves et al. 2016) y se promuevan otro tipo de actuaciones (por ejemplo, relativas al manejo del ganado).

Otra razón para permitir caza o controles, a menudo aducida incluso por conservacionistas o por profesionales de la biología, es que pueden facilitar la tolerancia por parte de algunos humanos sobre esa especie (de nuevo, esa motivación aparece explícitamente en los planes de gestión en España). También se aduce con cierta frecuencia que caza y control serían permisibles, simplemente, porque a la población de lobos no le pasa nada, ya que no se extinguen, sigue habiendo lobos (algo que ya se ha tratado aquí antes). En cuanto a la primera, no es sorprendente que rebajar el estatus de protección de una especie (por ejemplo, permitiendo su caza) para aumentar la tolerancia de los humanos sobre esa especie no sólo no consiga ese objetivo, sino a menudo el contrario (Chapron & Treves 2016). Permitir matar animales para que quienes los ven negativamente cambien su percepción parece, como poco, un planteamiento retorcido. Que la caza o los controles puedan ser aceptables porque “a la población no le pasa nada” parece un argumento ingenuo, pero puede ser incluso perverso. Podemos saber qué le pasa a la población en términos demográficos tras la caza y los controles; esperaremos que disminuya el tamaño de la población, quizá no de forma llamativa en términos numéricos. Pero no debemos olvidar que los individuos – seres reales que componen lo que llamamos “población” – son eliminados de la naturaleza, y ésta es una consecuencia demasiado grave como para plantear siquiera la justificación anterior.

Por otro lado, tras argumentar que tanto la caza como los controles de población están injustificados en cuanto a sus objetivos de cosecha y control, y que tampoco pueden reducir los ataques al ganado a no ser que se elimine gran parte de la población (lo que actualmente ya es ilegal), nos queda por discutir sobre lo que se ha dado en denominar “controles de ejemplares”. El “control de ejemplares” es un concepto muy desafortunado, y confieso que lo he utilizado con anterioridad para tratar de dar mi opinión sobre este tema, con poco éxito. Sugiero desecharlo por ambiguo y confuso: los controles de población obligatoriamente se hacen “controlando” ejemplares, es decir, eliminando ejemplares.

Pero ¿podría haber lugar para actuaciones determinadas sobre individuos concretos? No entro a valorar aquí el significado de “castigo” (inherente en nuestro ordenamiento legal punitivo, pero muy criticado desde siempre, ver p.e. Wright 2009), un componente con frecuencia implícito en los controles de población (ver los controles para la tolerancia, arriba). En el caso de los animales no existe responsabilidad, con lo que el castigo está fuera de lugar; la única justificación posible para considerar la retirada del campo de un individuo sería evitar futuros daños graves y muy probables, que no pueden ser evitados de otra forma.

En nuestro país (y en muchos otros) se han realizado actuaciones determinadas sobre individuos concretos, incluso pertenecientes a especies con el más alto grado de protección, como los osos pardos, retirando algunos individuos de la naturaleza. También se han realizado en otros países actuaciones sobre tigres, y con otras especies que nadie discute que están estrictamente protegidas, y sobre las que no se lleva a cabo ni caza ni controles. Que yo sepa, este tipo de actuaciones determinadas sobre individuos concretos (lobos) nunca se han planteado (ni por tanto, llevado a cabo) en España: incluso la gestión letal al sur del Duero (sector de la población ibérica incluido en el Anexo IV de la Directiva Hábitats, y por tanto con el máximo nivel de “protección”) se lleva a cabo como controles de población, con todas las características y objetivos de los mismos, si bien a menudo bajo el eufemismo desafortunado de “controles de ejemplares”.

Por último, en ocasiones, algunos conservacionistas apelan a los controles como forma de gestión aceptable, siempre que se hagan bajo criterios científicos. Pero la ciencia no es un argumento válido para justificar controles. De hecho, la ciencia no permite tomar decisiones sobre si hay que matar o no animales. La ciencia puede evaluar el efecto que tiene una decisión política (la caza o los controles) sobre la ecología o la demografía de la población afectada, pero no es base para ninguna decisión política (Darimont 2017); tal decisión se toma por criterios sociales, económicos o morales. Debe evaluarse, por ejemplo, si los individuos causan graves perjuicios económicos que no pueden evitarse de otra manera (por ejemplo con medidas preventivas de manejo de ganado), o generan graves riesgos a la población humana. Por último, siempre ha de plantearse, a la hora de tomar decisiones, si tenemos derecho a matar animales que no son utilizados como alimento.

En definitiva ¿caben la caza o los controles – se les llame de población o de ejemplares – para los objetivos que se aducen en España, y dados los mandatos legales vigentes en nuestro país? En mi opinión, la respuesta es claramente NO.

Las razones para matar un animal (o retirarlo de la naturaleza) han de ser objetivas y estar fuertemente justificadas (Vucetich et al. 2017). Hasta el momento, que yo conozca, ninguna administración española ha aportado tales razones objetivas y justificadas en el caso de los controles y la caza de lobos. Quizá es que son difíciles de encontrar, y más aún, de justificar. Los lobos han de ser protegidos en España y desechar definitivamente la caza y los controles como medidas de gestión: no sólo no están justificadas, sino que son injustificables.

Referencias:

Bradley et al. 2015. Effects of Wolf Removal on Livestock Depredation Recurrence and Wolf Recovery in Montana, Idaho, and Wyoming. The Journal of Wildlife Management. doi: 10.1002/jwmg.948

Chapron G, Treves A. 2016. Blood does not buy goodwill: allowing culling increases poaching of a large carnivore.Proc. R. Soc. B 283: 20152939. http://dx.doi.org/10.1098/rspb.2015.2939

Darimont C. 2017. Science on its own can’t dictate policy. Nature, 551: 565

Fernández-Gil et al. 2016. Conflict Misleads Large Carnivore Management and Conservation: Brown Bears and Wolves in Spain. PLoS ONE. doi:10.1371/journal.pone.0151541.

Hayes et al. 2003. Experimental reduction of wolves in the Yukon: ungulate responses and management implications. Wildlife Monographs, nº 152, 35 pp.

Treves A, Krofel M, McManus J. 2016. Predator control should not be a shot in the dark. Front Ecol Environ, 14(7): 380-388, doi:10.1002/fee.1312-

Vucetich et al. 2017. Evaluating the principles of wildlife conservation: a case study of wolf (Canis lupus) hunting in Michigan, United States. Journal of Mammalogy, 98(1):53–64. doi:10.1093/jmammal/gyw151

Wielgus RB, Peebles KA. 2014. Effects of Wolf Mortality on Livestock Depredations. PLoS ONE 9:e113505. doi: 10.1371/journal.pone.0113505

Wallach et al. 2015. What is an apex predator? Oikos 124: 1453–1461. doi: 10.1111/oik.01977

Wright R. 2009. The Moral Animal: why we are the way we are. Abacus, London.

Conservacionistas y el Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre

El 5 de octubre está convocada la Junta Rectora del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre (Palencia). El representante de ASCEL no acudirá a dicha convocatoria porque los grupos conservacionistas representados en dicha Junta Rectora  decidieron hace meses no asistir en tanto y cuanto la Junta de Castilla y León no apruebe el Plan Rector de Uso y Gestión del espacio natural, una de las joyas de la conservación en España sumida en una escandalosa e ilegal situación administrativa.