Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico

La fiscalía de Ávila inicia diligencias a raíz de que grupos ecologistas denuncien la declaración de la provincia como “Zona libre de lobos”

Ecologistas en Acción y la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) han denunciado a la Diputación Provincial de Ávila ante la Defensora del Pueblo y ante la Comisión Europea al estimar que la moción de apoyo a la declaración de Ávila como ‘zona libre de lobos’ que aprobó la institución provincial es «Ilegal». Esta moción,  propuesta por UPA y COAG, y presentada por el PP, fue apoyada por el PSOE mientras que IU y UPyD se abstuvieron.

Ambas asociaciones defienden que no existe ningún estudio científico que demuestre que se haya producido un aumento en los daños a la ganadería y aunque los hubiera, la vía para paliar los posibles perjuicios a los ganaderos sería otra, como por ejemplo la aplicación de programas de prevención de daños.

Ecologistas en Acción y ASCEL han resaltado que las poblaciones de lobo ibérico de la provincia de Ávila, como todas las situadas al sur del río Duero, se encuentran estrictamente protegidas tanto por la Directiva comunitaria 92/43/CEE, como por la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y Biodiversidad.

Tras esta denuncia, la Fiscalía de Ávila ha iniciado diligencias informativas y requerido un informe detallado a la Diputación Provincial.

La propia diligencia de la Fiscalía indica que la declaración de zona libre de lobos “produce inquietud” porque “atentaría contra la legislación vigente” al estar declarado el lobo especie protegida al sur del Duero.

Autos judiciales sobre la suspensión de controles en el Parque Nacional de Picos de Europa

Los Juzgados de lo Contencioso Administrativo nº 3 y nº 4 de Oviedo han dictado sendos autos por los que se acuerda la suspensión provisional de la actuación de la Dirección del Parque Nacional de los Picos de Europa, consistente en dar muerte a ejemplares de lobos en el interior del Parque Nacional de los Picos de Europa.

En el mes de octubre del pasado año la propia Dirección del Parque Nacional se había visto obligada a suspender la ejecución de las resoluciones de 1 de agosto de 2012 por las que se autorizaba la muerte de seis ejemplares de lobo en el especio protegido, tras haber matado a tres de ellos. Las resoluciones habían sido impugnadas por varios colectivos conservacionistas, entre ellos ASCEL. Los argumentos para justificar los controles eran la tendencia de la población de lobos (no cuantificada en la resolución), la tendencia en los daños (no cuantificada en la resolución) y un informe emitido el 9 de julio que, al parecer, amparaba técnicamente los controles.

Sin embargo, el 9 de noviembre del pasado año, y estando impugnadas las actuaciones, el Director del Parque Nacional volvió a ordenar dar muerte a otros dos lobos en la zona de Los Lagos, orden que ha quedado invalidada provisionalmente por la decisión de los jueces que revisan esta concreta actuación administrativa tras las demandas interpuestas por las asociaciones ecologistas recurrentes, entre ellas ASCEL.

Recuerda el Magistrado del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Oviedo que “al máximo nivel normativo se impone a los poderes públicos la obligación de protección del Medio Ambiente, como uno de los principios rectores de la política social y económica”, añadiendo que el lobo “es una especie en relación con la cual las administraciones tienen encomendadas medidas de protección y control como uno de los exponentes más significativos de la fauna ibérica”. Por su parte, el Magistrado del juzgado de lo contencioso administrativo nº 4 de Oviedo señala que “sin perjuicio de la importancia de la ganadería en un espacio como el de Picos de Europa, particularmente representativo de los valores de la naturaleza, ha de tenerse muy presente el valor ecológico consustancial a la protección del lobo ibérico en los términos defendidos por la asociación recurrente”.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León suspende cautelarmente la Resolución que establece los cupos de lobos a cazar en la región

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en auto del 27 de junio de 2011, ha decidido estimar la petición formulada por ASCEL y suspender la ejecución de la Resolución de la Consejería de Medio Ambiente de 1 de septiembre de 2010.

ASCEL interpuso en su día recurso de alzada contra la resolución de la Dirección General del Medio Natural que establecía los cupos de lobos asignables a cada comarca para el periodo 2010/2011 en Castilla y León. Argumentamos que los cupos no se basaban en datos, y además que esta Resolución tenía como origen una norma (Plan de Gestión y Conservación del Lobo), que ya había sido anulada en varios artículos por el propio Tribunal Superior de Justicia. Dicho recurso de alzada fue desestimado por la Consejería de Medio Ambiente, y ASCEL procedió a interponer el consiguiente recurso contencioso- administrativo. El resultado ha sido la suspensión cautelar de dicha resolución.