Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico

Efectos de matar lobos a nivel de grupo reproductor

Es frecuente desde hace años escuchar a administraciones, políticos, agrocolectivos, consultores y asesores ambientales, y a gestores de lo ambiental, a los que se les supone formación académica, negar y minusvalorar, incluso en público, las investigaciones científicas realizadas sobre el efecto de la caza y de los controles letales sobre la población de lobos, esgrimiendo que los efectos no están suficientemente demostrados o son irrelevantes. Nada más lejos de la realidad. Los impactos sobre los lobos pueden ser desglosados no solo a nivel general de tamaño de población, sino incluso a nivel de la unidad social del grupo reproductor, y es posible evaluar cómo afectan las bajas mortales sobre la estabilidad y supervivencia del grupo familiar y a sus tasas demográficas (éxito reproductor, etc.). 

Una reciente investigación científica analiza estas cuestiones y el efecto sobre cada grupo reproductor en 193  grupos de lobos en cinco Espacios Naturales Protegidos de EE.UU, desde finales de la década los 80 del pasado siglo hasta la actualidad. Los resultados demuestran los perniciosos y cuantiosos efectos que la mortalidad no natural provocada por los humanos tiene internamente sobre los propios grupos y su estabilidad, persistencia y reproducción. 

Un tercio de los lobos radiomarcados en dichos espacios protegidos norteamericanos, a pesar de su protección sobre el papel, moría como consecuencia de las actividades humanas en las áreas próximas limítrofes del exterior de cada espacio protegido. Y las consecuencias sobre los grupos son prolongadas y adquieren múltiples matices, algo que nuestros gestores habitualmente ignoran.

Los grupos familiares de lobos que sufrían las bajas mortales tenían menos probabilidades de reproducirse, y la pérdida de un adulto dominante disminuía significativamente la cohesión y viabilidad del propio grupo y también de que tuvieran reproducción al año siguiente.

También se comprobó que el tamaño medio de grupo (ese que en España y Portugal es de 4,2 ejemplares, y no otro, aunque algunos se esfuercen sin éxito en elevarlo hasta 8-10 o más) influye sobremanera. Así, los grupos más grandes tenían menor fragilidad y más probabilidades de viabilidad a largo plazo para no desintegrarse, frente a los grupos más pequeños, ante la existencia de bajas ocasionadas por acciones humanas. Dichos grupos tienen más integrantes esperando una teórica posibilidad de asumir un estatus social diferente y/o funcionalidad dentro del propio grupo frente a un vacío repentino por baja mortal. Si el grupo es pequeño, las posibilidades de sustitución son menores.

Figura 1. Predicción de probabilidades según modelos estadísticos de que un grupos de lobos (a) persista y (b) se reproduzca en cinco espacios naturales protegidos de EE. UU., según la mortalidad causada por humanos sobre sus integrantes. Fuente: Cassidy, K. A. y col. (2023). Frontiers in Ecol & Environ, DOI: (10.1002/fee.2597)

Si además las poblaciones de lobos están dispersas y alejadas en el territorio, las probabilidades de persistencia y de reemplazo individual también disminuyen. La presencia de grupos grandes y lo más cercanos posibles, repartidos por amplias áreas, actúan como población “fuente” e implican una posibilidad de dispersión efectiva (que supone reproducción) mucho mayor, lo cual contribuye a la conservación a largo plazo, es decir, a la viabilidad demográfica y genética de los lobos, la cual está especialmente depauperada en España.

Pero todas esas variables nunca se tienen en cuenta en la gestión del lobo en España. Ni siquiera ahora que está protegido en el “Listado” o LESRPE. Sirva como muestra que los propios gestores, y algunos profesionales adscritos y/o contratados por parques nacionales en España, como Picos de Europa, se han erigido en los adalides y ejecutores de una gestión letal de la especie, porque “no pasa nada por matar unos lobos“, tanto a la población ibérica, como a su estado de conservación. 

Este trabajo reitera la necesidad de proyectos de seguimiento a largo plazo, sujetos a los mejores estándares éticos y científicos posibles, y de que la protección del lobo no solo se produzca en los espacios naturales protegidos, sino también fuera de ellos. Por eso es importante la protección integral de lobo, no solo a través del Listado “LESRPE”, sino también del Catálogo “CEEA” como especie clasificada como “Vulnerable”. 

El Defensor del Pueblo Vasco recomienda al Gobierno Vasco incluir al lobo en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas

ASCEL, junto con otros veintiséis colectivos liderados por el Grupo Lobo de Euskadi, lleva varios años solicitando la inclusión del lobo en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina; es decir, en el listado regional de especies protegidas de dicha comunidad autónoma.

Para iniciar ese trámite legal, la normativa demandaba una solicitud administrativa, así como un informe de justificación técnico-legal sobre la situación de la población del lobo en el País Vasco. Dicho informe justifica que el estado demográfico del lobo en el País Vasco debería implicar su inclusión en el Catálogo, dada la extinción virtual de grupos reproductores en los últimos años, tanto en Bizkaia como en Álava. Los últimos acontecimientos conocidos se saldaron con la erradicación a principios del año 2016 de un grupo familiar asignado a Euskadi, con el permiso de la Diputación Foral de Bizkaia, y con el conocimiento y la responsabilidad de que se trataba del último grupo de lobos de Euskadi.

Tras no obtener respuesta adecuada por parte del Gobierno Vasco, el Grupo Lobo de Euskadi presentó una queja al Defensor del Pueblo Vasco (Ararteko) en 2016.

A finales del pasado año 2017, el Ararteko resolvió dicha queja emitiendo un informe en el que daba al Gobierno Vasco las siguientes recomendaciones:

a) Que se resuelva, a la mayor brevedad, la solicitud de inclusión de la población del lobo (Canis lupus) en el catálogo vasco de especies amenazadas, conforme al procedimiento que recoge el artículo 50 del Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.

b) Que para tomar esa decisión se deberá tener en cuenta el régimen de protección del lobo recogido en el Convenio de Berna y en la Directiva Hábitats, las obligaciones de vigilancia y control que de ellos derivan, así como el actual estado de conservación de esta especie, tanto en su área de distribución natural como a nivel local en el País Vasco.

Por todo lo anterior, instamos al Gobierno Vasco a atender a las recomendaciones del Defensor del Pueblo Vasco; a dejar de mirar para otro lado, e incluir al lobo en el País Vasco en la categoría de “En Peligro de Extinción”. Si el lobo, dado su estado demográfico en esta comunidad autónoma, no es merecedor de dicha consideración legal, el compromiso del Gobierno Vasco (y también de las Diputaciones Forales) con la conservación de la biodiversidad es papel mojado, y su voluntad por el cumplimiento de la legislación vigente una quimera sin precedentes.

Es lamentable que tengamos que ser algunas ONG conservacionistas formadas por voluntarios las que solicitemos la protección de los lobos, mientras empleados públicos de la administración y cargos políticos del Gobierno desatienden sus funciones, y sus obligaciones marcadas por la normativa vigente. La protección de los lobos es una obligación legal, como recuerda el “Ararteko”, además de ecológica y ética; más aún si cabe en una región que lleva décadas siendo la barrera oriental a la recuperación del área de distribución histórica de la población ibérica de lobos.

El TSJ de Castilla y León anula los cupos de caza de lobos de 2015-2016

Aunque a primera vista lo pueda parecer, no nos hemos equivocado, duplicando una noticia previa.

El 5 de marzo de 2018, un mes después de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anulase el Decreto 14/2016, correspondiente al llamado “Plan de Conservación y Gestión del Lobo”, la Justicia nos vuelve a dar la razón a los conservacionistas: una nueva sentencia anula en este caso la resolución de la Dirección General de Medio Natural de la Junta de Castilla y León que aprobaba un cupo de caza de 143 lobos en dicha región.

La acción judicial fue promovida por la Asociación Conservacionista La Manada, contando con nuestra colaboración técnica y económica (este tipo de contenciosos no son gratuitos para ONG como las nuestras).

Y la reiteración de anulaciones judiciales de las normativas de gestión de Castilla y León no es nueva, ni reciente. Previamente la Justicia anuló también el “aprovechamiento cinegético” de lobos de la temporada 2011-2012, también tras la contestación desde ASCEL de dicha normativa. Lamentablemente, la Junta de Castilla y León se empeña en desproteger al lobo y en utilizar caza y descastes como única herramienta de gestión. En ASCEL estamos en las antípodas de planteamientos de gestión de esa índole, porque el lobo es una especie protegida en España por la legislación internacional y europea, y también por la importancia ecológica de este depredador apical. Ese umbral de protección significa que nunca puede ser considerado como especie cinegética. Nos parece inaceptable además que una administración pública como la Junta de Castilla y León siga despilfarrando impuestos que pagamos todos en acciones de gestión que matan lobos, e incumplen la normativa nacional e internacional vigente.

Dado que no podemos revivir los lobos abatidos en la temporada 2015-2016, seguiremos dando batalla legal intentando evitar nuevas muertes. El lobo, mal que le pese a muchas administraciones autonómicas, está protegido en España. Y las sentencias están para cumplirse, y asumir su jurisprudencia; incluso para la Dirección General de Medio Natural de la Junta de Castilla y León, y su actual Consejero de Medio Ambiente.

NO a debilitar la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad

El Partido Popular insiste en su intención de debilitar el control de las especies invasoras. Más concretamente, pretende crear agujeros legales por los que colar aquellas invasoras de interés para algunos grupos de presión, relegando así el interés general y la conservación de la naturaleza.

Ante la nueva intentona, en forma de Proposición de Ley de modificación de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, investigadores, sociedades científicas y organizaciones ambientales han suscrito un manifiesto argumentando el rechazo contundente a la debilitación de la normativa ambiental.

Desde ASCEL hemos suscrito dicho manifiesto, respondiendo a la iniciativa que nos traslada SEO / Birdlife.

Actualización (2017.11.08 09:00): ya conocemos los resultados de la votación en el Congreso; la modificación de la ley se ha aprobado con 263 votos a favor de PP, PSOE, Ciudadanos, PNV/EAJ, PDCat, Grupo Mixto, etc. y 78 votos en contra (Unidos Podemos). Otro paso atrás en conservación de la naturaleza; otro paso atrás del interés general frente a los intereses sectoriales y corto-placistas.

En invierno no paran los tiros

La “eficiente” erradicación de los lobos en las tierras del norte europeo se apoya en la nieve: rastros más fáciles de seguir, menos refugio. No obstante, no hace falta mirar al norte de Europa para contemplar el proceso; la administración astur se afana también en invierno.

Y parece que los privados imitan; estos días tenemos conocimiento de una denuncia presentada por agentes del medio natural de Asturias contra un guarda de coto de caza:

Informa AGUMNPA que el denunciado seguía rastros de lobo en la nieve.

Nos preguntamos – y se lo estamos preguntando – si esa actividad privada esta apoyada por la administración asturiana, y su plan de gestión salpicado de ambigüedades. No nos parece casualidad que la denuncia tenga lugar en una de las zonas con mayor actividad de “blanqueo” de lobos abatidos ilegalmente.